“Destituyendo la Constitución” por Miguel Candel Sanmartín

Algunos de los que no votamos (teniendo edad para hacerlo) la constitución de 1978 (por lo general, absteniéndonos) hemos sido llevados, por los caprichosos meandros del río de la historia, a convertirnos en defensores suyos frente a algunos de los que en su momento la votaron con entusiasmo y ahora ―paradojas de la vida― la atacan a diestro y siniestro considerándola mera tapadera legal de lo que llaman despectivamente «el régimen del 78».

Expresión ésta última, por cierto, que hora sería de que algunos de los que la emplean explicaran con un mínimo de detalle lo que significa (si es que significa algo). Bueno, como me temo que dichas explicaciones van para largo, me tomaré la libertad de hacer de abogado del diablo y ofrecer mi propia interpretación del asunto.

Descomponiendo el término en sus dos partes, empezaré por la que menos dudas ofrece: «del 78». Está claro, indica simplemente el año en que concluyó su redacción. Más peliagudo es desentrañar qué tenebrosos elementos semánticos se ocultan tras la palabra «régimen». Lo que parece más obvio es la voluntad de quienes la usan de inducir una asociación de ideas con la dictadura precedente, habitualmente denominada, tanto por sus partidarios como por sus detractores, «el régimen» (en el primer caso, seguido de la expresión «nacido el 18 de julio» y en el segundo caso, seguido del adjetivo «franquista»).

Entre quienes estudian la naturaleza del lenguaje y su evolución hay dos corrientes más o menos enfrentadas en torno a la siguiente cuestión: ¿qué función apareció antes en el uso de la palabras: la designación de objetos individuales o la referencia a tipos de objetos? Para un empirista nominalista, ese «tipo» de filósofo tan común en Anglosaxonia Mercatorum (y tan imitado desde comienzos del «régimen del 78» en Hispania Cosmopaletorum), la respuesta correcta es el primer miembro de la disyunción.

Para quien esto escribe, en cambio, es la segunda opción la que contiene mayor dosis de verdad. Para no citar por enésima vez a Aristóteles, que dice algo parecido a esto último al final de sus Analíticos Segundos, traeré a colación a un viejo amigo gallego oriundo de un pueblo de Orense/Ourense que decía cosas como: «aquella noche bajó el lobo e hizo una escabechina entre las ovejas». Por supuesto, no se refería a un lobo conocido suyo (lo que habría justificado el uso del descriptor el en lugar del indefinido un). Tampoco aludía, obvio es, a la especie lobo en general, pues yo nunca le conocí veleidades platonizantes, y en todo caso no situaba su relato en el mundo uránico de las ideas, sino en la muy terrenal campiña orensana. Estaba, pues, usando «lobo» para referirse a un lobo (o grupo de lobos) particular pero caracterizado como representante del tipo de animal así designado. Y quede claro: mi buen amigo (fallecido bastantes años ha) no era un caso atípico de hablante: ejemplificaba, simplemente, lo que es el uso habitual del lenguaje humano (de otro tipo de lenguajes no puedo opinar), que está constituido íntegramente por términos comunes, válidos cada uno de ellos para infinitos casos individuales dotados de características similares.

Por tanto, no hay más remedio que pensar, descartadas posibles afecciones disléxicas, que los usuarios de la expresión «régimen del 78» se refieren al vigente ordenamiento legal español de manera análoga a como mi amigo se refería al lobo de su relato: como un caso particular que ejemplifica el tipo general de cosas que designamos con las expresiones «sistema político», «régimen político» o similares.

Pero ¿a qué se debe, entonces, el sentido peyorativo con que se usa la expresión? Ya lo hemos adelantado: a la insinuación, vehiculada por el sustantivo «régimen», de que el actual sistema político español es hijo y, como tal, heredero legítimo del régimen anterior. Para justificar esa filiación se acude a una serie de tópicos, ciertamente verdaderos en sí mismos, como, entre varios otros, que al rey Juan Carlos lo nombró Franco como sucesor suyo, que fueron las últimas cortes franquistas las que aprobaron en 1976 las primeras reformas que acabaron dando paso en 1978 a la actual constitución, previas unas elecciones celebradas en junio de 1977 (no sin sospechas de un cierto nivel de pucherazo, tal como insinuaron durante mucho tiempo las viñetas de Peridis en el diario El País, representando al ministro del Interior, Rodolfo Martín Villa, con un puchero sobre la cabeza), elecciones de las que salieron los miembros de la ponencia que redactó el texto constitucional, presuntamente bajo presión de los entonces llamados eufemísticamente «poderes fácticos», sumado todo ello al hecho de que, con la coartada de la amnistía para quienes combatieron al franquismo, no hubo proceso alguno de depuración de la judicatura ni de los cuerpos de seguridad heredados del régimen anterior.

Ahora bien, una vez votada masivamente a favor (ejemplo destacado: Cataluña) la Constitución de 1978, a quienes estábamos convencidos de que la democracia así instaurada no garantizaba los derechos sociales con el mismo grado de rigor que los derechos civiles (por lo que pensábamos y seguimos pensando que el contenido del capítulo tercero del título primero debería trasladarse, como sección 3ª, al capítulo segundo de ese mismo título, bajo el epígrafe de «Derechos sociales y económicos», no nos quedaba otra alternativa (excluida la insurrección armada) que el largo camino a través de los mecanismos de participación política establecidos por la constitución para intentar mejorar ésta.

Pues bien, no creo que nadie pueda negar que así lo hemos hecho, aun sabiendo que una transformación profunda en la línea de la defensa de los mencionados derechos económicos y sociales (sobre todo en el actual contexto de aumento constante del poder plutocrático, tanto a escala nacional como internacional) va para largo.

Por eso mismo, las personas que piensan que el marco capitalista vigente coarta enormemente el ejercicio de la democracia, tanto desde fuera de las instituciones democráticas, vía corrupción, chantaje, etc., como desde dentro de las mismas instituciones, vía desigualdad de oportunidades electorales en función de los recursos económicos disponibles, monopolio informativo, etc., están más legitimadas que nadie para indignarse ante la burla constante del «espíritu de las leyes» por parte de quienes deberían ser sus leales defensores.

Limitándome a un solo ejemplo, eso sí, de mucho peso: la desigualdad flagrante ante la ley aplicada por el actual gobierno y su predecesor (ambos presididos por la misma persona) en sus «tratos» (en el sentido menos aséptico de la palabra) con los ejecutores del golpe de Estado (no por incruento menos perturbador de la convivencia ciudadana ni menos atentador contra la legalidad constitucional) de septiembre-octubre del 2017.

Pues bien, después de conocer, no ya la famosa ley de amnistía, en virtud de la cual todo lo que es delito para el ciudadano ordinario deja de serlo para ese mismo ciudadano si tiene la precaución de envolverse previamente en una «estelada» e identificarse como participante en el «procés», sino sobre todo después de conocer el dictamen sobre dicha ley emitido por el Tribunal Constitucional, cuya mayoría mal llamada «progresista», a juzgar por los «argumentos» esgrimidos en su decisión, suspendería inapelablemente la asignatura de Lógica de primer orden en cualquier universidad que se precie, después de conocer todo eso, repito, a los rojos irredentos pero respetuosos de la ley va a costarnos mucho no hablar también del «régimen del 78» en sentido despectivo, pero antagónico al habitual y refiriéndonos a su estadio presente. Será difícil que no se nos caigan los palos del sombrajo de una constitución que, según el tribunal que debe, más que nadie, velar por ella, «autoriza todo lo que no prohíbe explícitamente». Pues bien, señoras y señores del TC, a los rojos irredentos que no estamos dispuestos a SUMARnos a quienes apoyan este régimen y su corte de los milagros se nos ocurren la tira de cosas no explícitamente prohibidas por la constitución que seguro que no les iban a hacer ni pizca de gracia a sus señorías ni al gobierno al que tan fielmente sirven…

https://www.cronica-politica.es/destituyendo-la-constitucion/

Autor: admin

Profesor jubilado. Colaborador de El Viejo Topo y Papeles de relaciones ecosociales.

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