El Tribunal Constitucional ha consumado un acto de indignidad al avalar la ley de amnistía por una ajustada mayoría de seis a cuatro, con dos magistrados que se abstuvieron de participar en el debate porque anteriormente se habían pronunciado en contra, evitando así un previsible empate que solo hubiera resuelto el voto del presidente Cándido Conde-Pumpido.
Esta decisión, lejos de ser un ejercicio de rigor jurídico, es un acto partidista que no se sustenta en criterios sólidos, sino que utiliza argumentos jurídicos para justificar una arbitrariedad política. Este fallo establece un precedente aberrante: a partir de ahora, será constitucional todo lo que no esté literalmente prohibido, un criterio que dinamita los fundamentos del Estado de derecho y abre la puerta a cualquier tropelía legislativa. La sentencia es contradictoria con el hecho de que los indultos generales estén explícitamente prohibidos en la Constitución y con el rechazo que hubo en el debate constituyente a incluir la figura de la amnistía. En buena lógica, en democracia no caben las amnistías políticas. La presidencia de Conde-Pumpido será recordada por este acto de sumisión a un poder que fue comprado por Pedro Sánchez a Carles Puigdemont.
¿Cómo puede un tribunal que se dice custodio de la Constitución bendecir una norma que borra delitos graves contra el orden constitucional? Los hechos del procés no fueron un ejercicio de libertad de expresión, sino un ataque a la convivencia democrática, orquestado con recursos públicos y una calculada estrategia de desobediencia. La ley de amnistía no reconcilia a los catalanes, sino que legitima el relato de los secesionistas y desarma al Estado ante lo que pueda ocurrir en un futuro. Con este fallo, el Constitucional se doblega a intereses coyunturales, sacrificando su autoridad moral. La ajustada mayoría evidencia una politización descarada. Contrasta con la contundente unanimidad de las resoluciones que frenaron el procés, cuando el tribunal actuó de forma impecable como garante de la legalidad. Hoy, en cambio, la mayoría progubernamental –que no progresista– utiliza argumentos jurídicos endebles como mera coartada para legitimar intereses partidistas.
El fallo confirma la percepción de que el poder político puede doblegar o saltarse la Constitución a su antojo. No fortalece la democracia, pues legitima la compraventa de votos al precio que sea. La historia juzgará con severidad a un tribunal que ha preferido ser cómplice de la erosión de la Constitución antes que su defensor. La indignidad de esta sentencia, fraguada en una mayoría ajustada, es jurídica y moral: el Constitucional ha renunciado a su deber de ser baluarte de la norma fundamental, convirtiéndose en un instrumento al servicio del poder.
https://www.20minutos.es/noticia/5726519/0/indignidad-tribunal-constitucional-joaquim-coll/