Sobre el delito de sedición

Del médico de familia y compañero de Espai Marx, Antonio Navas.

J. L.: no solo hubo intenciones o razones por la parte secesionista, hubo acciones, hechos, no solo ideas o intenciones; hubo acciones de tipo parlamentario y de lucha de masas, todas ellas acciones de FUERZA; efectivamente violentas: es así; quien ha hecho un piquete en una huelga, sabe que se usa, que usamos la fuerza y existe una coacción violenta contra el que pretende sobrepasar el piquete, entrar a la fábrica a la oficina, etc; no suele ser necesaria la violencia en sí por su poder intimidatorio; si es preciso, se utilizan métodos violentos de bajo nivel, en eso consiste el piquete de huelga; y se utilizan bien y de forma proporcionada si es necesario y la composición del piquete es de personas experimentadas y decididas; la intensidad de la violencia es lo de menos, hay violencia, hay un acto de fuerza consciente, deliberado; ocupar un aeropuerto internacional con decenas de miles de personas es acto violentísimo, ultraviolento, por favor, no nos engañemos; lo de la sede de economía fue muy violento, me parece una obviedad; yo no hubiera tenido ovarios de salir por la puerta por si acaso; pero es cierto que ese no es el elemento fundamental de no haber mediado unas intenciones, unos actos jurídicos previos y posteriores que conducían a la ruptura de la nación, del estado, de la legalidad suprema vigente y de la convivencia civil; también fracasó el 23-F, no por ello se nos ocurre decir que no fue un golpe de estado, fue una tentativa, claro; de hecho ni siquiera tuvieron que ser combatidos militarmente los efectivos que ocupaban el interior del Congreso; se fueron tan tranquilamente, sin esposas, con saludo militar y honores. Pero fue un golpe de estado. A mí se me ocurren pocos casos más claros en nuestra contemporaneidad, de intentonas de golpe de estado, con toda su postmodernidad si se quiere, pero forzaturas, con los medios que sean, de la suprema legalidad vigente, en nuestro caso el orden institucional de la comunidad autónoma y la constitución española. En Europa, por lo que leo en el artículo de de la Quadra, sería alta traición. Grado máximo de violencia política , por lo que parece. En resumen, eso es lo que se les debería aplicar, la pena que indique el mayor insulto y falta contra la legalidad suprema vigente. Lo que han hecho con este cambio legal, me parece un desatino más, una frivolidad máxima, impropia e indigna, que puede, Dios no lo quiera, tener graves consecuencias.

Abrazos.

Autor: admin

Profesor jubilado. Colaborador de El Viejo Topo y Papeles de relaciones ecosociales.

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