Del profesor emérito Miguel Candel.
Me temo que se está cayendo (¡qué cómodo es el modo impersonal!) en bizantinismos con esto de amnistía legal, amnistía ilegal, constitucional o inconstitucional. Llevar la discusión a Bizancio es justamente lo que pretenden los interesados en la amnistía, porque mareando la perdiz es más fácil cazarla.
A mí, que no soy jurista, pero estudié lógica (hice mi tesis doctoral sobre la ídem de Aristóteles) y creo honradamente que el derecho no puede estar por encima de la lógica, me basta un solo argumento, de palmaria evidencia y resistente, creo, a todas las objeciones archigarantistas de Salvador.
El argumento se puede formular como un silogismo en Darii (tercer modo de la primera figura silogística), a saber:
Premisa mayor: La Constitución prohíbe expresamente los indultos generales;
Premisa menor: Es así que la amnistía propuesta (reciba el nombre que reciba) tendría al menos tanto alcance como un indulto general a todos los incursos en procesos judiciales relacionados con el procés,
Ergo (conclusión): La amnistía propuesta es inconstitucional.